30/01/2017
¿QUÉ ES UN CERTIFICADO ENERGÉTICO?
El certificado de eficiencia energética o certificado energético es un documento oficial redactado por un técnico competente que incluye información objetiva sobre el consumo energético y sobre las emisiones de CO2 de un inmueble.
En este sentido, la certificación energética califica energéticamente un inmueble calculando el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda energética de un edificio en condiciones normales de ocupación y funcionamiento (incluye la producción de agua caliente, calefacción, iluminación, refrigeración y ventilación).
El proceso de certificación energética concluye con la emisión de un certificado de eficiencia energética y la asignación de una etiqueta energética, de aspecto parecido a la etiqueta energética presente en electrodomésticos. La escala de calificación energética es de siete letras y varía entre las letras A (edificio más eficiente energéticamente) y G (edificio menos eficiente energéticamente). La etiqueta energética expresa la calificación energética de un edificio otorgando una de estas letras.
¿QUIÉN LO EMITE?
El Certificado de Eficiencia Energética lo emite un técnico en posesión de la titulación académica y profesional habilitante (arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero, ingeniero técnico) para la realización de proyectos de edificación o de sus instalaciones térmicas según exija la normativa vigente.
¿POR QUÉ NECESITO EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?
El Real Decreto 235/2013 exige que todos los edificios existentes, cuando se vendan o se arrienden (contratos de arrendamiento por un tiempo superior a cuatro meses al año), dispongan de un certificado de eficiencia energética. Por ello, resulta obligatorio disponer de dicho certificado antes de proceder a realizar la venta o contrato de arrendamiento correspondiente.
La normativa de certificación energética procede de una Directiva Europea que ya han acatado todos los estados miembros.
En definitiva, el certificado de eficiencia energética o certificado energético resulta obligatorio para cualquier propietario que desee alquilar o vender un inmueble (vivienda, oficina o local) antes de firmar la operación de compraventa o contrato de alquiler. Además es obligatorio que la etiqueta energética acompañe a cualquier actividad comercial que se realice para vender o alquilar una vivienda. Por ejemplo, entre otros, en los escaparates de las agencias inmobiliarias y en los diversos portales de internet deberá aparecer la etiqueta energética del inmueble objeto de venta o de alquiler.
¿DE QUIÉN ES LA OBLIGACIÓN DE CONTRATAR A UN TÉCNICO CERTIFICADOR?
La obligación de disponer del certificado de eficiencia energética nace en el momento en el que se quiere realizar una operación de compraventa o alquiler de un inmueble. En consecuencia, es el propietario del edificio (o parte de éste, vivienda, local u oficina) quién tiene la obligación de contratar el servicio de un técnico certificador para obtener su certificado energético.
En las operaciones de compraventa de inmuebles, el vendedor deberá entregar al comprador el original del certificado de eficiencia energética y, en casos de alquiler de inmuebles, se deberá adjuntar copia del certificado de eficiencia energética al contrato de alquiler.
¿PONEN MULTAS POR ALQUILAR O VENDER SIN CERTIFICADO ENERGÉTICO?
La Ley 8/2013, de 26 de junio, establece las sanciones por incumplimiento de la normativa de certificación energética.
Vender o alquilar sin disponer de certificado energético supone una infracción y está sancionado con multas que oscilan entre los 300 y los 600€
¿EL CERTIFICADO ES PARA SIEMPRE?
No, no es para toda la eternidad. El certificado tiene una validez máxima de 10 años, pasados los cuales habrá que volver a expedir un nuevo certificado siguiendo el mismo procedimiento. Cabe recordar que el técnico competente para la emisión del certificado puede ser elegido libremente. En caso de que se produzcan importantes variaciones en el inmueble que puedan reducir la calificación del mismo, el propietario puede actualizar voluntariamente el certificado antes de esos 10 años.
¿CÓMO ES EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?
El certificado energético es un informe que consta de varias páginas. Contiene abundante información sobre la orientación, la situación, la envolvente, la iluminación y los sistemas de producción de energía del inmueble.
En la primera página del certificado energético contienen los datos generales del inmueble, además de los datos del técnico certificador. En la parte inferior se indica la calificación energética global del inmueble, en términos de emisiones de dióxido de carbono liberado a la atmósfera. Se expresa en una escala de la A a la G.
Esta calificación aparecerá en la etiqueta de eficiencia energética, cuando se registre el certificado energético. También aparecerá en la etiqueta energética la calificación de consumo de energía (Kw h/m2•año) indicada en el Anexo II de este informe.
Además de esta primera página, el informe dispone de cuatro anexos donde desglosa la información:
• Anexo I, describe las características térmicas del inmueble.
• Anexo II, desglosa la calificación energética del inmueble en la calificación de las diferentes demandas y consumos energéticos.
• Anexo III, referente a las recomendaciones de mejora.
• Anexo IV, el técnico describe las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo durante el proceso de toma de datos.
EN CASO DE ALQUILER VACACIONAL, ¿NECESITO EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
Esta normativa no es de aplicación en edificios de viviendas que sean objeto de un contrato de arrendamiento por un tiempo inferior a cuatro meses al año.